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Diputada del PRI Presenta Iniciativa para Modificar el Código Penal y Sancionar a Servidores Públicos que Filtren Información sobre Feminicidios.

Diputada Priista Propone Reforma al Codigo Penal Para Castigar a Servidores Publicos que Filtren Información de Feminicidios

Estatales

Diputada del PRI Presenta Iniciativa para Modificar el Código Penal y Sancionar a Servidores Públicos que Filtren Información sobre Feminicidios.

La diputada Johana Montcerrat Hernández Pérez propuso penalizar a servidores públicos por difundir información de delitos de feminicidio en Hidalgo.

La diputada local Johana Montcerrat Hernández Pérez propuso añadir el artículo 202 quater al Código Penal del Estado, con el objetivo de sancionar a los servidores públicos que difundan, publiquen, comercialicen o compartan información relacionada con investigaciones de feminicidio. Esta iniciativa surge a raíz del feminicidio de Ingrid Escamilla en 2020 y la posterior difusión de fotografías de su cuerpo, un asunto que ha sido abordado en tres ocasiones previas durante la legislatura pasada.

La reforma propone que se considere delito de lesiones a la dignidad de las víctimas de violencia de género, el acto de un servidor público que, de manera indebida, comparta imágenes, videos, audios o datos periciales relacionados con la investigación de un feminicidio. Esto incluye la divulgación de detalles sobre las circunstancias de la muerte o lesiones de la víctima, la escena del crimen o cualquier elemento que permita su identificación.

Se propone que quienes cometan este delito enfrenten una pena de tres a seis años de prisión, además de una multa de entre 200 a 500 días. Adicionalmente, se prevé la destitución definitiva del empleo, cargo o comisión pública del infractor, así como la inhabilitación para ocupar otros puestos en el servicio público por un periodo equivalente a la pena de prisión impuesta.

La iniciativa contempla un aumento de la pena hasta en un 50% si el material divulgado involucra a menores de edad, si afecta el debido proceso, causa revictimización a los familiares o provoca daño psicológico grave a estos. Según lo establecido en la propuesta, este delito se perseguirá de oficio y no admitirá el consentimiento del particular para su ejercicio.

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