Diálogo sobre Justicias en Ixmiquilpan: Un Foro de Reflexión

Reforma a la Ley General de Pueblos Indígenas y Derechos sobre el Agua

El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Hugo Aguilar Ortiz, lideró el foro Diálogos entre Justicias el pasado 25 de abril en Ixmiquilpan. Este evento estuvo enfocado en la vinculación del sistema jurídico estatal con los sistemas normativos indígenas. En una entrevista con El Sol de Hidalgo, Aguilar Ortiz destacó que los derechos de los pueblos indígenas respecto a la tenencia del agua y las concesiones sobre pozos y manantiales estarán resguardados en la próxima Ley General de Pueblos Indígenas.

La importancia de esta legislación surge a raíz del rechazo por parte de la Asociación de Balnearios de Hidalgo, conformada por empresas sociales y cooperativas, a la reciente reforma de la Ley de Aguas Nacionales. Esta reforma eliminó la posibilidad de heredar concesiones de agua y de transferir derechos sobre permisos otorgados por la Comisión Nacional del Agua (Conagua), lo cual se considera contraviene el artículo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece la consulta a los pueblos indígenas.

“Muchos derechos de agua de los pueblos van a quedar en la Ley General de Derechos de Pueblos Indígenas. Esto es un desafío nuevo que requiere una armonización normativa y su correcta implementación”, manifestó el ministro. Respecto a la administración del agua en comunidades indígenas hñahñu, resaltó que la reforma al artículo segundo de la constitución las reconoce como sujetos de identidad jurídica y patrimonio.

Aguilar Ortiz anticipó que los derechos y decisiones históricamente tomadas desde el Estado sufrirán cambios a la luz del nuevo marco constitucional. Indicó que, en varios estados, las comunidades indígenas ya cuentan con la facultad de gestionar y administrar el agua. Mencionó un decreto reciente en el Valle de Oaxaca que beneficia a 16 comunidades indígenas y avances en el pueblo Yaqui en la reinterpretación de su estatus como sujetos de derechos públicos.

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