TEPJF confirma la eliminación de dietas para los representantes de partidos políticos ante el IEEH.

TEPJF rechaza recurso de Movimiento Ciudadano
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia dictada por la Sala Regional Ciudad de México, que determinó que la eliminación de las dietas para los representantes de los partidos políticos ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) no afecta ni vulnera los derechos político-electorales.
El caso se originó a raíz del recurso de reconsideración SUP-REC-231/2026 presentado por el partido Movimiento Ciudadano (MC), que alegó vulneraciones al derecho de acceso a la justicia, la falta de competencia de los órganos jurisdiccionales para abordar el tema, así como una interpretación errónea del derecho a la asociación política y el desempeño del cargo, además de afectaciones a la equidad en el sistema electoral.
En la sesión pública, el pleno de la Sala Superior consideró improcedente el recurso, concluyendo que no existía un problema ni de constitucionalidad ni de convencionalidad que justificara su análisis. También se indicó que no se presentaron las excepciones previstas en la jurisprudencia de la propia Sala para admitir esta impugnación.
Asimismo, los magistrados afirmaron que no se identificó una problemática jurídica novedosa que requeriría el establecimiento de un nuevo criterio constitucional en materia electoral, ni se evidenció algún error judicial por parte de la Sala Regional Ciudad de México que justificara la aceptación del recurso. Con esta resolución, se ratificó la decisión de la Sala Regional, que sostuvo que la eliminación de las dietas para los representantes partidistas en el IEEH no afecta el ejercicio de los derechos político-electorales.






